COOPERATIVAS
En toda sociedad existen agrupaciones o asociaciones de personas que persiguen fines diversos: sociales, económicos, culturales, religiosos, políticos, deportivos, etc. En esto se basan las cooperativas y esto lo hacen para resolver necesidades, para generar bienestar personal y colectivo. Es muy diferente de una Sociedad Mercantil, cuyo objetivo es, solamente, obtener beneficios económicos para sus socios.
Las cooperativas se rigen por una Ley Especial y su Reglamento, la constitución nacional y por las medidas que dicte la superintendencia nacional. Además, elaboran sus Estatutos y Reglamentos para regular su funcionamiento interno, así como toman decisiones que son obligatorias para todos sus asociados.
Las cooperativas se basan en los valores de Ayuda mutua, Esfuerzo propio, Responsabilidad, Democracia, Igualdad, Equidad, Solidaridad, Honestidad y Transparencia y para cumplirlos se deben guiar por algunos lineamientos o principios entre los cuales tenemos la Asociación voluntaria, gestión democrática, participación económica, autonomía e independencia, educación e información, cooperación entre cooperativas y compromiso con la comunidad.Dependiendo del objetivo para la cual se
rá o es constituida la cooperativa se puede clasificar como COOPERATIVAS DE PRODUCCION En estas cooperativas los asociados trabajan en común para producir bienes que ofrecen en el mercado, o para prestar servicios al público. Por ejemplo, cooperativas de producción industrial o artesanal, de producción agropecuaria, etc. COOPERATIVAS DE OBTENCIÓN En este caso, la cooperativa adquiere bienes para distribuirlos entre sus asociados, u organiza la prestación de servicios para sus miembros. Ejemplos: las cooperativas de consumo, de suministros, de vivienda, de servicios educativos, etc. Las cooperativas pueden tener un solo objeto o varios objetos, en cuyo caso se llaman Cooperativas de Servicios múltiples. Por ejemplo, una cooperativa que presta servicios de ahorro y crédito, recreación y turismo. COOPERATIVAS MIXTAS Este tipo de cooperativas, a la vez, produce bienes o presta servicios para el público, y adquiere bienes u organiza la prestación de servicios para sus asociados. Ejemplo, cooperativas de transporte y venta de repuestos.
Las cooperativas legalmente constituidas son personas jurídicas con plena capacidad para actuar. En consecuencia, pueden adquirir, enajenar, poseer, gravar y administrar todo tipo de bienes. Del hecho que la Cooperativa sea una persona jurídica se derivan cinco (5) consecuencias: Denominación, Domicilio, Nacionalidad, Patrimonio y Capacidad.
La cooperativa debe llevar para su contabilidad los libros según el Código de Comercio art. 32 y Balance General, Estado de Ganancia y Pérdida, Balance Social
Paso 1: Retirar la planilla de reserva de denominación en las Oficinas Regionales de la Superintendencia. Para seleccionar el nombre que llevará la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada. Paso 2: Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación. Pasó 3: Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC). Paso 4: Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa. Paso 5: Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa. Paso 6: Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP
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