viernes, enero 26, 2007

LICITACIONES EN VENEZUELA

Es un Proceso Administrativo que tiene por objeto seleccionar a las personas Naturales y Jurídicas que proporcionan al Ente Contratante la mejor opción para la adquisición de los bienes muebles, prestación de servicios y ejecución de Obras.

Las licitaciones están regidas por una ley la cual es un instrumento jurídico diseñado para regir, modernizar y agilizar los procedimientos de selección de contratista, llevados a cabo por los entes públicos.
En un proceso de Licitacion se ven involucradas tres unidades :
La unidad Requeriente: Es aquella en la cual existe la necesidad de adquirir un bien o servicio.
La unidad Especializada: Es aquella que dependiendo de las características de lo requerido actúa en la determinación de las especificaciones técnicas (descripción) de l bien, obra o servicio a ser adquirido.
La unidad Contratante: Es aquella que se encarga de la administración del proceso licitatorio (en nuestro caso es la División de Compras y Contratos).

Las licitaciones se pueden presentar de diferentes tipos entre los cuales tenemos: Licitación General, Licitación Selectiva, Adjudicación Directa y Licitación Electrónica, pero las mas comunes son 2 : la licitación general la cual es el procedimiento competitivo de selección del contratista, en el que pueden participar personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Decreto Ley, su Reglamento y las condiciones particulares inherentes a cada proceso de licitación, esta se divulga en presa local o nacional y la licitación selectiva que es el procedimiento competitivo excepcional de selección del contratista en el que los participantes son invitados a presentar ofertas por el ente contratante, con base en su capacidad técnica, financiera y legal, aquí se sustituye el aviso en prensa por una invitación directa y personalizada.
Es muy importante que tengamos estos tipos de licitación muy claros ya que son muy importantes para saber de que manera podemos realizar o participar en uno de estos procesos.

Al realizar una licitación la unidad contratante tiene que definir las especificaciones jurídicas, técnicas y financieras de la misma y la forma cómo se evaluará, como también la hora y fecha del proceso. Luego se publica la convocatoria del proceso de licitación y se suministran los pliegos a las empresas interesadas en participar. Se aclaran las dudas que puedan existir sobre las especificaciones técnicas, condiciones generales y sobre cualquier información relativa al proceso se procede a recibir la manifestación de voluntad de participar en le proceso por parte de las empresas, se analiza la información recibida, se emite un informe de preclasificación y se notifica a las empresas participantes, luego se recibe las ofertas de las empresas preclasificadas y se comparan entre si, se emite la de Recomendación de Buena Pro, esta será otorgada a la máxima autoridad de la institución, se notifica a las empresas ofertantes sobre los resultados, se firma el o los contratos correspondientes y por último se adquiere bien y/o servicio objeto del proceso.

En todos los procedimientos regulados por la Ley de Licitaciones el ente contratante puede suspender el procedimiento cuando así lo estime conveniente, por motivos debidamente justificados, mientras no haya tenido lugar el acto de apertura de sobres contentivos de manifestaciones de voluntad u ofertas, según el caso. Igualmente puede, mientras no se haya firmado el contrato definitivo, decidir por acto motivado, dar por terminado el procedimiento, cuando a su juicio existiesen razones que así lo aconsejen.
Si se hubiere otorgado la buena pro, se indemnizará al beneficiario de ésta con una suma equivalente al monto de los gastos en que incurrió para participar en el procedimiento de selección, dentro del lapso de treinta (30) días contados a partir de la notificación al beneficiario de la buena pro de la terminación del procedimiento.

Terminado el procedimiento, el ente contratante puede abrir de nuevo la licitación, cuando hayan cesado las causas que dieron origen a la terminación y transcurrido un lapso no menor de diez (10) días hábiles, contados a partir de aquélla. En los casos de licitaciones selectivas se deberá invitar a participar en el nuevo procedimiento, al menos a la totalidad de oferentes en la licitación terminada.